De acuerdo a lo dispuesto por los artículos 43 y 46 inc. b) de la Ley N° 24.521, las Resoluciones Ministeriales N° 139 del 22 de diciembre de 2011, 1254 de fecha 15 de mayo de 2018, 1051 de fecha 4 de abril de 2019, los Acuerdos Plenarios N° 99 del 31 de agosto de 2011, 126 de fecha 11 de diciembre de 2013, 178 de fecha 11 de diciembre de 2018 y 265 de fecha 10 de octubre de 2023 del CONSEJO DE UNIVERSIDADES, el Expediente N° EX-2023-127389139- -APN-SECPU#ME ; se aprobaron los Contenidos Curriculares Básicos, la Carga Horaria Mínima, los Criterios de Intensidad de la Formación Práctica, los Estándares para la Acreditación y las Actividades Profesionales Reservadas para los títulos correspondientes las carreras de BIOLOGÍA, LICENCIATURA EN CIENCIAS BIOLÓGICAS, LICENCIATURA EN BIOLOGÍA, LICENCIATURA EN BIODIVERSIDAD Y LICENCIATURA EN CIENCIAS BÁSICAS, ORIENTACIÓN EN BIOLOGÍA que obran como Anexo I, Anexo II , Anexo III, Anexo IV y Anexo V de RM 2687/2023
Resolución Ministerial 2687-2023
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Anexo I